1.- Se ha publicado la ORDEN HAP/732/2021 por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de la línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas.
La solicitud de estas ayudas es hasta el 10 de septiembre de 2021.
Las ayudas deberán destinarse al pago de las siguientes deudas:
- Deudas con proveedores y acreedores que se hayan devengado entre 01/03/2020 y 31/05/2021.
- Deudas derivadas de préstamos o créditos formalizados entre el 01/03/2020 y el 13/03/2021, con independencia de que los vencimientos se encuentren dentro del plazo acordado o que se consideren impagados.
- Deudas derivadas de préstamos o créditos formalizados con anterioridad al 01-03-2020 por las cantidades pendientes de pago por vencimientos comprendidos entre 01/03/2020 y 31/05/2021
REQUISITOS:
- Que el volumen de operaciones en 2020 haya caído mas del 30% respecto a 2019.
- No haber declarado en 2019 un resultado negativo en el IRPF o IS.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y Seguridad Social.
- No tener deudas con la Comunidad Autónoma.
- Mantenimiento de la actividad hasta el 30/06/2022
2.- Se ha publicado la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal,
- Introduce el concepto de “valor de referencia” que se utilizará en varios tributos como valor de los inmuebles para cuantificar la base imponible
- Se modifican las transmisiones lucrativas con la finalidad de que un contribuyente que adquiere un bien a través de un contrato o pacto sucesorio se subrogue en el valor y la fecha de adquisición que tenía dicho bien en el causante (si lo transmite el beneficiario antes de 5 años)
- Recargos por declaración extemporánea: Se modifica el régimen de recargos. Un 1 por 100 más otro 1 por 100 adicional por cada mes completo de retraso con que se presente la declaración.
- Los productores, comercializadores y usuarios de sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión deberán garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.
- Reducción de las sanciones: Se eleva al 65% (antes 50%) la reducción de la sanción en los supuestos de actas con acuerdo. Se eleva al 40% (antes 25%) la reducción de la sanción cuando se realice el ingreso total del importe en plazo voluntario de pago y no se plantee recurso o reclamación económico-administrativa contra la sanción y la liquidación correspondiente en la vía administrativa.
- Limitación del uso de efectivo: Se disminuye a 1.000€ el importe máximo que podrá pagarse en efectivo en las operaciones en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional.
Puede consultar información más detallada en el pdf adjunto o ponerse en contacto con nosotros.