AYUDAS DIRECTAS AUTONOMOS Y EMPRESAS
Real Decreto-ley 05/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19
a) Empleo de la ayuda: Pagos a proveedores, acreedores financieros y no financieros y costes fijos que se hayan generado entre el 01-03-20 y 31-05-21 y procedan de contratos celebrados antes del 13-03-21.
b) Destinatarios: Sectores Anexo I CNAE 09 Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo (hostelería, restauración, comercio menor y mayor…….)
c) Condiciones:
ü Volumen operaciones IVA haya caído más de un 30% respecto a 2019
ü No haber declarado Rendimiento Neto Negativos en el IRPF o Base Imponible negativa (antes de Rva. Capitalización y compensación de pérdidas) en el I.S.
ü Mantenimiento de la actividad a 30-06-2022
ü Estar al corriente en Hacienda y Seguridad Social
ü No repartir dividendos en 2021 y 2022
ü No aumentar las retribuciones del personal de alta dirección
d) Cuantía máxima:
- En estimación objetiva 3.000 euros
- Empresas hasta 10 empleados, 40% de la caída del volumen operaciones que supere el 30%.
- Empresas de mas de 10 empleados, 20% de la caída del volumen de operaciones que supere el 30%.
- No podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros.
e) Plazo: Estas ayudas tardarán en llegar al menos mes y medio. El Gobierno se ha «autoimpuesto» el plazo de un mes y diez días para tener formalizada la orden oficial de reparto, y, a partir de entonces, ya será cuestión de la rapidez que se den las comunidades autónomas en canalizarlas. No se concederán pasado el 31-12-2021
f) Control: Por la Comunidad Autónoma del destino de las ayudas.
OTRAS AYUDAS
1. Línea de Reestructuración deuda financiera COVID:
Medidas de apoyo público a la solvencia.
Fondo de recapitalización.
2. Aplazamiento deudas tributarias:
Declaraciones del 01 al 30 de abril
Volumen operaciones inferior a 6.010.121,04
Plazo de seis meses. Los cuatro primeros sin intereses.
3. Moratoria hasta 31-12-21 de solicitud de proceso concursal.