El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado, 30 de mayo, una orden del Ministerio de Sanidad que fija las condiciones de aplicación de la desescalada en la fase 3. OrdenSND/458/2020, de 30 de mayo
El objetivo fundamental de la norma es ir recuperando la actividad económica poco a poco, preservando las medidas y distancias de seguridad, para que locales comerciales, grandes almacenes, congresos y hoteles podrán poco a poco llegar a una nueva normalidad.
¿Qué nos depara la fase 3?
Empresas y teletrabajo
Fomento del teletrabajo y reincorporación progresiva a los puestos de trabajo.
• Uso de Epis y medidas de seguridad en función del puesto de trabajo.
• Horario escalonado en vuelta al trabajo en caso de necesidad
• Conciliación vida familiar y laboral
Establecimientos y locales comerciales minoristas
Quizá unos de los servicios más afectados en nuestra zona;
• 50% Aforo; garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes. En los locales en los que no sea posible mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente.
• Horario atención para mayores de 65 años
• Limpieza y desinfección de las instalaciones 2 veces al día. Especial atención a superficies de contacto. Pomos, mostradores, carros...
Centros Comerciales
Apertura de centros comerciales incluidas zonas comunes, respetando plan de autoprotección de cada centro, distancias y medidas de higiene.
• Aforo de sus zonas comunes y recreativas al 40%
• 50% aforo en locales comerciales del centro
Bares y restaurantes
• Consumo dentro del local hasta 50% aforo, excepto bares nocturnos y discotecas.
• Consumo en mesas o agrupaciones de mesas, manteniendo distancia interpersonal o entre mesas de 2m
• Permitido consumo en barra, distancias entre clientes o grupos de clientes de 2m
• Aforo 75% en terrazas
En todo caso, la ocupación máxima será de veinte personas por mesa o agrupación de mesas
Hoteles y alojamientos turísticos
Reapertura al público de zonas comunes, límite del 50% de su aforo máximo y bajo medidas de higiene, protección y distancia mínima regulada.